<!DOCTYPE HTML PUBLIC "-//W3C//DTD HTML 4.0 TRANSITIONAL//EN">
<HTML>
<HEAD>
<META HTTP-EQUIV="Content-Type" CONTENT="text/html; CHARSET=UTF-8">
<META NAME="GENERATOR" CONTENT="GtkHTML/3.28.3">
</HEAD>
<BODY TEXT="#000000" BGCOLOR="#ffffff">
Hola amigos,<BR>
<BR>
primero que nada gracias por dejar de lado los insultos y descalificaciones, y entrar al análisis del tema. Las ideas se puede refutar sin necesidad de descalificar e insultar.<BR>
considero, que hay ua raíz importante en todo este problema y consiste en cuantas personas están debidamente informadas de que hacer y si situaciones como estas son correctas o no. A veces estamos tan preocupados en cuantos usuarios usan distribuciones 100% libres o no tan libres que nos despreocupamos de que el usuario aprenda a defender sus derechos, a identificar cuando hay una violación concreta de ellos, y que pasos seguir para lograr un proceso de defensa.<BR>
<BR>
Más allá de un faq, que no deja de ser importante, creo que no estamos pensando en iniciativas sostenibles que ayuden a formar a los líderes del movimiento en estos temas, resumiendo este conocimiento en una elite del liderazgo del movimiento de software libre, ni siquiera a los activistas en general.<BR>
<BR>
Este es un claro ejemplo de esto, ojalá pudiéramos desarrollar iniciativas que ayuden a los activistas y usuarios a tener un conocimiento más amplios sobre estos asuntos.<BR>
<BR>
al tema:<BR>
<BR>
1. la distribución rxart es basada en debian, así que todos los componentes tomados de debian heredan el licenciamiento GPL, tal cual.<BR>
2. la empresa incluyo aplicaciones propias que pueden ser desarrollos completos de la empresa o derivados de aplicaciones gpl.<BR>
a. debo entender que si las aplicaciones son propias y no usan componentes gpl, el licenciamiento de dichas aplicaciones puede ser privativo.<BR>
b. habría que definir si en las aplicaciones desarrolladas por las empresas como propias bajo licencia privativa, no hay algún tipo de violación de librerías o código gpl reempaquetado como privativo. (((((Esto si sería una violación a mi entender).<BR>
c. No tengo muy claro bajo que licencia se libera RXART, asumo que GPL.... sería bueno aclarar este punto?????<BR>
<BR>
3. El producto, entiendo, se libera para un proyecto de entregar computadoras con una distribución dual boot ---- Linux/Windows a escuelas en argentina, así que habría que establecer quién es el comprador??????????? el estado????????? o los estudiantes??????<BR>
4. Si es el estado sería útil conocer las condiciones en que el estado adquirió el producto????????<BR>
<BR>
5. Hay algo que no queda claro para mi en el punto de la distribución:<BR>
<BR>
a. se habla en los correos anteriores, que solo tengo derecho si pago por el uso de la distribución a obtener los fuentes de la misma, donde no queda muy claro cuales derechos tienen las personas que descargan la distribución desde un repositorio en internet o de la copia que le entregue o comparta un amigo, de obtener el código fuente. por lo dicho anteriormente, entiendo que se trata de decir que el único que tiene derecho a exigir el código fuente es aquel que compra o asume el contrato directo con el desarrollador?<BR>
<BR>
b. entiendo, de los faq de fsf con respecto al tema, que una copia modificada privada es solo privada si quién la modifico ǹo hace pública su modificación, o sea es solo para su consumo propio, en el escenario que nos toca, entiendo, no es el caso ya que se pública la distribución a un conjunto muy grande de usuarios que deberían poder redistribuir la distribución siempre y cuando está fuera gpl, si esto es así entonces, entiendo, que se debería garantizar el acceso al código fuente de las mismas a ls usuarios beneficiados con la redistribución. esto es correcto o estoy mal????
</BODY>
</HTML>