[GNUGNU] Un polémico proyecto de ley busca amordazar internet en la Argentina
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Jue Sep 10 22:00:50 UTC 2009
Un polémico proyecto de ley busca amordazar internet en la Argentina
La iniciativa del senador Guillermo Jenefes establece un sistema para
identificar a los usuarios de la red, y responsabiliza con multas en
dinero a proveedores de servicios de internet y a buscadores, como por
ejemplo Google y Yahoo
César Dergarabedian (Infobaeprofesional.com)
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Un proyecto de ley que se encuentra en el Senado cambiará en forma radical
el mercado argentino de internet y le impondrá mecanismos de censura que
se observan en China u otros países con restricciones a la libertad de
expresión.
La iniciativa del senador peronista jujeño Guillermo R. Jenefes intenta
establecer un sistema para identificar a los usuarios de la red, y
responsabilizar con multas en dinero a los proveedores de servicios de
internet (ISP, sigla en inglés) y a los buscadores, como Google y Yahoo.
El proyecto de ley procura asegurar "la identidad y responsabilidad de los
sujetos que emiten opiniones por internet a fin de que el damnificado
pueda defenderse de los daños causados por la difusión de opiniones que
afectan sus derechos personales".
La propuesta habilita a que todo habitante de la República Argentina pueda
"exigir a las empresas de proveedores de servicio de internet (ISP), que
se impida o bloquee, en modo absoluto, cualquier tipo de acceso a los
contenidos en los que se incluya su nombre o denominación, si ello
agraviare a dicha persona".
Aunque la iniciativa no impide la publicación de cualquier publicación en
la red, obliga a los ISP, a las empresas que brindan alojamiento de
contenidos web (hosting) y a los buscadores de internet a interrumpir el
acceso a esas informaciones, a pedido de alguna persona u organización que
aleguen algún daño en su reputación.
El proyecto se conoció luego de los juicios iniciados en los últimos años
por pedidos de personas famosas contra buscadores como Google o Yahoo, por
la publicación de contenidos que va contra su dignidad o buen nombre.
Jenefes es el presidente de la Comisión de Sistemas, Medios de
Comunicación y Libertad de Expresión. Su proyecto, que es respaldado por
los senadores peronistas santafesinos Carlos Reutemann y Roxana La Torre,
puede encontrarse aquí:
http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/verExpe.php?origen=S&tipo=PL&numexp=209/09&nro_comision=&tConsulta=3.
Ingresó en marzo pasado a la comisión, bajo el número de expediente
209/09.
Jenefes ya anticipó, según voceros legislativos, que votará en contra del
proyecto de Ley de Medios Audiovisuales que se debate en la Cámara de
Diputados, si esta iniciativa llega al Senado. Y también cuestiona el
"impuestazo" tecnológico enviado por el Gobierno y que se debate en la
Cámara alta.
Según informó el abogado especializado en tecnologías de la información y
la comunicación Roger Max Schultz
(http://www.e-laws.com.ar/2009/09/09/ley-%E2%80%9Cmordaza-a-internet%E2%80%9D-en-argentina/),
en una reunión de asesores de estos legisladores el 27 de agosto, los
consejeros de los senadores involucrados explicaron que "lo que busca el
proyecto es proteger los derechos de los ciudadanos ante el anonimato, el
vacío legal y los caracteres anárquicos, que presentan los buscadores de
internet, y que los buscadores puedan bloquear lo que un ciudadano
considere ‘lascivo’ de forma preventiva, la llamada responsabilidad
solidaria".
Los asesores, cuya identidad no fue revelada por Schultz, precisaron que
"esto no quiere decir que el blog o la página de opiniones deje de
existir, sino que los buscadores corten el vínculo" entrante a una frase
discriminatoria, como por ejemplo "Juan X es antisemita".
Responsabilidad de los ISP
"Lo que se busca es que la responsabilidad caiga en los buscadores si por
una orden judicial el mismo sigue permitiendo que el contenido aparezca y
no bloquea del buscador el acceso al mismo", agregaron los asesores de
Jenefes, Reutemann y Latorre. "Al no interrumpir el vínculo desde que
llega la notificación judicial, el buscador de esta manera sería el
responsable", concluyeron.
La propuesta define como ISP a los proveedores de acceso (Internet Acces
Providers IAP), que son quienes brindan a los usuarios el servicio de
conexión a internet y transmiten al usuario los contenidos; los
proveedores de alojamiento (Hosting Service Providers), que son quienes
almacenan los contenidos de los sitios en sus servidores; y los
proveedores que ofrecen públicamente programas especiales que se utilizan
para la ubicación de contenidos que tengan las particularidades definidas
por el usuario".
La iniciativa define en su artículo 2º que "cuando existan contenidos con
información que se considere perjudicial a los derechos personalísimos, el
eventual damnificado deberá notificar dicha circunstancia en forma
fehaciente al ISP. Recibida la notificación, deberá iniciar de inmediato
todas las medidas necesarias para impedir el acceso de cualquier usuario a
los contenidos cuestionados, siempre que éstos fueren objetiva y
ostensiblemente ilegales, nocivos u ofensivos para la persona afectada.
Asimismo, se deberá en este supuesto informar a la persona afectada la
identidad y domicilio del autor de los contenidos difundidos a través del
ISP".
Sanciones
¿Qué pasa si el ISP no cumple con las obligaciones impuestas en el
artículo anterior? "Será responsable directo de los daños y perjuicios
materiales y morales que se ocasionaren a la persona afectada a partir de
la fecha de la notificación referida en el artículo 2° de la presente ley.
¿Qué ocurre con buscadores como Google o Yahoo, con sede fuera del país,
aunque tengan filiales locales? El proyecto señala que "la responsabilidad
de los ISP que acrediten que se encuentren constituidos y/o radicados en
jurisdicciones distintas a la de la República Argentina se impondrá
conforme a las siguientes normas: las sucursales, representaciones y
sociedades locales controladas, directa o indirectamente, por los ISP
extranjeros por personas que controlen ISP extranjeros serán
solidariamente responsables por las condenas que se dicten en el
territorio de la República Argentina cuando la causa o título de dicha
condena fuesen responsabilidades definidas en la presente ley".
La propuesta advierte que "todos los demás ISP extranjeros deberán
someterse a la jurisdicción exclusiva de la República Argentina cuando los
contenidos tengan un efecto sustancial directo y previsible" en el país.
Un esquema similar al que proponen Jenefes, Reutemann y Latorre impera en
países como China, que logró someter a gigantes como Google, Yahoo y
Microsoft con una legislación que autoriza la censura, aunque en este caso
es establecida y regida desde el propio Estado. Puede leer más sobre
restricciones a la libertad de expresión en otros países en la nota
relacionada.
Argumentos
En el proyecto argentino la iniciativa puede partir de la persona u
organización que se sienta damnificada. Jenefes justifica su proyecto en
las consideraciones con los siguientes argumentos:
"Lo que se trata aquí, con apoyo en la más tradicional jurisprudencia, es
de asegurar identidad y responsabilidad de los sujetos que emiten
opiniones por internet de manera que el presunto damnificado pueda
defenderse y mantenerse indemne, ante los jueces competentes, de los daños
causados por la difusión de opiniones que afectan, por su carácter
difamatorio o calumnioso, sus derechos personales. Lo que se quiere, en
definitiva, es impedir que el anonimato en internet constituya un gratuito
amparo para los agravios, la injuria, la calumnia, la difamación y la
comisión de delitos".
El legislador jujeño afirma que "paradójicamente, puede advertirse que
recurrir a la libertad de expresión para no castigar la injuria o
delincuencia cometida mediante el anonimato termina por generar un
escenario, seguramente, indeseado para la protección de la libertad de
expresión. Los medios de radiodifusión, las empresas periodísticas, los
titulares de bases de datos personales y cualquier persona que exprese su
opinión (sea por medio oral o escrito) deben afrontar, conforme a las
reglas de responsabilidad resultantes del Código Civil y normas
específicas, los daños ocasionados por sus opiniones injuriantes o
susceptibles de configurar delito civil. Por el contrario, gozan de
impunidad todos aquellos que injurian o delinquen abusando del anonimato
de internet. Esto es, lo que sería punible para cualquier persona no lo es
para un
anónimo en internet".
Jenefes la emprende contra los ISP y las compañías de internet: "Frente al
presente vacío legislativo y no habiendo mostrado la industria, hasta el
día de la fecha, una política de autorregulación satisfactoria respecto de
esta cuestión, es necesaria una regulación de aquellos sujetos, que
amparándose en la libertad de expresión, burlan, mediante el anonimato que
brinda internet, tanto garantías constitucionales como reglas existentes
en materia de responsabilidad".
En ese sentido, apunta que "la actitud de indiferencia o silencio de los
ISP ante los daños ocasionados a terceros no los debería eximir de
responsabilidad, cuando, como aquí, existe un deber inexcusable de actuar
resultante de la propia naturaleza y características de sus funciones".
Mediante la legislación que propone, Jenefes asegura que se podrá exigir
"una conducta activa en cabeza de los ISP que tiene su fuente en nuestras
normas comunes sobre responsabilidad".
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