Uso de Software Libre en la Administración Pública en Venezuela
- Decreto Presidencial 3.390 (diciembre 2004) (derogado por la Ley de Infogobierno) Decreto del Presidente Hugo Chávez que hace de uso prioritario el Software Libre en los sistemas de la Administración Pública, dando un plazo de 2 años para presentar y ejecutar los procesos de migración.
- Gaceta Oficial 39109 (enero 2009) mediante la cual se ordena el uso de estándares públicos para los documentos generados en la Administración Pública, siendo los ODF para la edición y PDF para los de sólo lectura.
- Gaceta Oficial 39633 (marzo 2010) donde se hace obligatorio el uso de Canaima GNU/Linux en todos los computadores que se adquieran en la Administración Pública y se obliga a que sea este el único sistema operativo que se use sin componentes o partes privativas.
- Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley 9051 (junio 2012) (derogado por la Ley de Infogobierno) Dicta ordenanzas sobre acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentos entre órganos y entes del Estado, con el objeto de garantizar la implementación de un estándar de interoperabilidad. Se especifica el uso de Software Libre y Estándares Abiertos.
- Ley de InfoGobierno En la cual se hace de uso obligatorio el Software Libre para todos los servicios informáticos que preste el Poder Público (instituciones públicas) de la República Bolivariana de Venezuela.
Otras leyes relacionadas directa o indirectamente con las Tecnologías Libres
- Decreto Presidencial 825 (mayo 2000) Declara el acceso y el uso de Internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico, social y político de la República Bolivariana de Venezuela.
- Decreto Presidencial 1.204 (febrero 2001) Tiene por objeto otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico a la Firma Electrónica, al Mensaje de Datos y a toda información inteligible en formato electrónico, independientemente de su soporte material, atribuible a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así como regular todo lo relativo a los Proveedores de Servicios de Certificación y los Certificados Electrónicos.
- Ley Especial Contra los Delitos Informáticos (septiembre 2001) Tiene por objetivo la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías.